¡A la atención de los ciudadanos de la República de Azerbaiyán!
Como se sabe, de conformidad con las disposiciones pertinentes del “Protocolo del 10 de diciembre de 2020, relativo a las enmiendas al Acuerdo entre el Gobierno de la República de Azerbaiyán y el Gobierno de la República de Turquía sobre exención recíproca de visados, firmado el 25 de febrero de 2020, en Bakú, a partir del 1 de abril de 2021, los ciudadanos de la República de Azerbaiyán, siendo titulares de los pasaportes diplomáticos, de servicio y ordinarios, así como tarjeta de identidad biométrica tienen la oportunidad de viajar a la República de Turquía sin visado.
Asimismo, el régimen de viaje sin visado se extiende a los ciudadanos de la República de Azerbaiyán que visitarán la República de Turquía, siendo titulares del documento acreditativo del trabajador marino y del transporte ferroviario; del miembro de la tripulación aérea y un certificado de regreso a la República de Azerbaiyán.
La tarjeta de identidad biométrica de un ciudadano de la República de Azerbaiyán, así como otros documentos válidos para el cruce de fronteras mencionados anteriormente, deben tener una validez de al menos treinta días a partir de la fecha de entrada en el territorio de la República de Turquía.
Los ciudadanos de la República de Azerbaiyán que tengan los documentos válidos para el cruce de frontera mencionados anteriormente están exentos de los requisitos de visado por un período de noventa días para ingresar, transitar y permanecer en el territorio de la República de Turquía.